
“Estas maniobras alimentan el discurso sobre la negación de la democracia”
La mayoría presidencial eliminó este miércoles en comisión el artículo 1 del proyecto de ley del grupo Liot que pretendía derogar la reforma de las pensiones. En el centro de los debates, la utilización del artículo 40 de la Constitución sobre la admisibilidad económica de los proyectos de ley. Un nuevo uso de las herramientas del parlamentarismo racionalizado que plantea interrogantes, según la constitucionalista Anne-Charlène Bezzina.
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La secuencia de retiros habrá tenido al menos el mérito de familiarizar a los franceses con la Constitución. Después de usar los artículos 47.1, 42.2, 44.3 y 49.3, es el artículo 40 el que ha estado en el centro de los debates en los últimos días y que debería volver a estarlo el 8 de junio, cuando la factura del grupo Liot derogación de la reforma de pensiones.
Un proyecto de ley totalmente distorsionado ya que la mayoría presidencial logró, el miércoles 31 de mayo, durante el examen del texto en comisión, suprimir el artículo 1 que pretendía derogar el paso de la edad legal de jubilación de 62 a 64 años. Así, los diputados de Liot, apoyados por la Nueva Unión Popular Ecológica y Social (Nupes), Agrupación Nacional y parte de los Republicanos, deberán reintroducir este artículo el 8 de junio, esta vez en forma de enmienda, para que sus El texto puede ser votado con el símbolo deseado de una Asamblea Nacional votando en contra de la reforma de pensiones.
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Es entonces cuando intervendrá a priori la presidenta de la Asamblea Nacional, Yaël Braun-Pivet. “Asumiré mis responsabilidades”, dijo este martes, dejando en claro que consideraría inadmisible esta enmienda, en virtud del artículo 40 de la Constitución. Esta estipula que las propuestas legislativas y las enmiendas de los parlamentarios no pueden dar lugar a una reducción de los ingresos ni a un aumento de los gastos públicos.
Pero como suele ocurrir con la Constitución, existe la letra y el espíritu de la ley. Esto es esencialmente lo que explica Anne-Charlène Bezzina, constitucionalista y profesora de derecho público en la Universidad de Rouen, para quien hay “argumentos de razón” tanto del lado de la mayoría presidencial como de la oposición.
Francia 24: La mayoría presidencial ha conseguido vaciar de fondo el proyecto de ley para derogar la reforma de las pensiones. Esta vez, se apoya en el artículo 40 de la Constitución que debería permitir al presidente de la Asamblea Nacional impedir la devolución del artículo que deroga la transición a los 64 años.
Anne-Charlene Bezzina: Este rodeo sobre este proyecto de ley, con el Presidente de la Asamblea Nacional que lo deja pasar cuando se presenta, luego el Presidente de la Comisión de Hacienda que, incautado por el artículo 40, lo valida también, ante los diputados de la mayoría presidencial suprímase el artículo 1 en comisión, a la espera de su posible reintroducción el 8 de junio en forma de enmienda, esta es una primicia.
Es claro que hay en el gobierno y dentro de la mayoría un ambiente de pánico a bordo. Estas maniobras para evitar una votación simbólica sobre la reforma de las pensiones el 8 de junio plantean interrogantes. Todo esto alimenta el discurso de la oposición sobre la negación de la democracia y el miedo a discutir sobre pensiones. Sobre todo porque ha habido titubeos en la estrategia, incluso a Yaël Braun-Pivet, que ha cambiado de postura en los últimos días, pasando de la defensa del Parlamento a la del artículo 40 de la Constitución. Finalmente, el ejecutivo se encontró ante un dilema: cerrarle el paso a este proyecto de ley y volver a aprobar un gobierno que manipula la Constitución o dejarlo hasta la votación en el Hemiciclo, correr el riesgo de una derrota y salir debilitado.
¿Era inconstitucional el proyecto de ley para derogar la reforma de las pensiones, como afirman el presidente del Gobierno y la mayoría?
No es todo blanco ni todo negro. La verdad de las cifras hace que este proyecto de ley sea contrario al artículo 40 de la Constitución en su filosofía, pues no sólo agrava las cargas públicas, sino que además merma los recursos. Entonces, si nos ceñimos al texto, la derogación de la reforma de pensiones sí es inconstitucional.
Excepto que este argumento es teórico. Porque en la práctica la costumbre dicta que aceptemos los llamados billetes “prendados”, como es el caso de éste, que establece una compensación a través de los impuestos al tabaco. Es extremadamente común. No hay un proyecto de ley que no se haya “comprometido” sobre el tabaco, es realmente la tradición en la práctica parlamentaria.
Hay por tanto argumentos de razón en ambos lados, cada uno va a buscar los que van en su dirección. Por otro lado, lo cierto es que parece difícil navegar entre la ortodoxia del artículo 40 y el deseo de hacer prosperar las propuestas legislativas. Si tomáramos la Constitución literalmente, nunca habría proyectos de ley. Es por esto que la oficina de la Asamblea Nacional acostumbra a ser muy flexible en cuanto al cumplimiento del artículo 40 para no sofocar la iniciativa parlamentaria durante los nichos parlamentarios de la oposición.
Entre el uso de los artículos 47.1, 42.2, 44.3, 49.3 y ahora el artículo 40 de la Constitución, ¿qué revela esta secuencia de retiros sobre la relación entre el ejecutivo y el legislativo y sobre el papel del Parlamento en Francia?
A lo largo de esta secuencia de retiros, hubo un uso de herramientas constitucionales que plantea la cuestión de su legitimidad, con una forma de abuso, en particular sobre la elección del vehículo legislativo que permitió limitar la duración de los debates. El hecho de que la Constitución sea sólo una herramienta en manos de una mayoría y que podamos hacer que la ley diga el sentido político que le queremos dar ha creado un mayor resentimiento en la población. Porque todo lo que permite la Constitución no está necesariamente en el espíritu de la Vmi República. Respetar el texto de la Constitución no es suficiente. En el fondo, lo que conservan los franceses es la extrema fiebre de esta mayoría, que tuvo que utilizar las herramientas del parlamentarismo racionalizado para aprobar su reforma.
El parlamento ha sido poco escuchado, mientras que hace casi un año, luego de las elecciones legislativas, el discurso del gobierno y de la mayoría consistía en decir que la nueva cara de la Asamblea Nacional, sin mayoría absoluta, era una oportunidad para la democracia, que iban a tener que aprender a gobernar a la alemana. Elisabeth Borne habló de construir mayorías de “proyecto”. Pero estos pocos meses han demostrado que éramos malos estudiantes. El gobierno descuidó el tiempo necesario al querer actuar rápido a toda costa. En Suecia, por ejemplo, se necesitan dos años para aprobar una reforma de las pensiones. La opinión pública es mucho menos favorable a las mayorías muy fuertes. Ya no podemos gobernar hoy como ayer. La relación entre el ejecutivo y el legislativo, el lugar del parlamento, estas son preguntas que deberán hacerse en el contexto de la reforma institucional.
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